Contar con personas voluntarias forma parte de los criterios de valoración de proyectos.
RESOLUCIÓN 30E/2024, de 5 de abril, de la directora general de Políticas Migratorias, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención "Subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para proyectos de acogida y acompañamiento a personas migrantes y refugiadas, durante los años 2024-2026". Identificación BDNS: 749761.
La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, regula en su artículo 2 ter. la integración de los inmigrantes.
La Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, en sus artículos 30 y 31 recoge los derechos sociales y la acogida de solicitantes de protección internacional.
La finalidad de estas subvenciones es la inclusión social de las personas migrantes en situación de alta vulnerabilidad, teniendo en cuenta que la irregularidad administrativa es un factor determinante en las situaciones de exclusión social grave que limita la inclusión de las personas.
La presente convocatoria posibilita el acceso en condiciones de igualdad a las entidades interesadas, garantizando, a su vez, que la concesión responda a criterios objetivos, priorizados de acuerdo con las directrices que, en el marco general de la política social, se establecen por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Consta en el expediente el informe propuesta del Servicio Karibu de Acogida y acompañamiento a Personas Migrantes, el informe jurídico y la aprobación del Consejo Navarro de Bienestar Social, así como la conformidad de la Intervención Delegada.
En virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y el Decreto Foral 241/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias,
RESUELVO:
1.º Aprobar la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para proyectos de acogida y acompañamiento a personas migrantes y refugiadas durante los años 2024-2026, así como sus bases reguladoras y los criterios de valoración, que se recogen en los anexos I y II de esta resolución.
2.º Autorizar un gasto de 200.000,00 euros con cargo a la partida 350001 35100 4819 231905 "Subvenciones a entidades de acogida y acompañamiento a personas migrantes, PO FSE+ 21-27" con elemento PEP E-23/000611-01 del presupuesto de gastos de 2024 y de 275.000,00 euros, respectivamente, con cargo a cada una de las partidas equivalentes que a tal efecto se habiliten en los presupuestos de gastos de los ejercicios 2025 y 2026, condicionado en todo caso a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
3.º Publicar esta resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
4.º Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
5.º Trasladar esta resolución al Servicio Karibu de Acogida y Acompañamiento a Personas Migrantes, al Negociado de Gestión Económica y Contable y a la Secretaría General Técnica, todos ellos del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, a la Intervención Delegada del Departamento de Economía y Hacienda y a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), a los efectos oportunos.
Pamplona, 5 de abril de 2024.–La directora general de Políticas Migratorias, Marisol de la Nava Martín.
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