La referencia efectuada en esta convocatoria a la participación promovida desde las entidades ciudadanas debe entenderse realizada para designar todas aquellas iniciativas promovidas por las citadas entidades para potenciar la implicación activa de las personas asociadas y/o voluntarias de dichas organizaciones en sus dinámicas internas y externas, así como en la calidad democrática de las decisiones de sus órganos de gobierno. Igualmente, se contemplan dentro de este concepto otras iniciativas promovidas por dichas entidades orientadas al desarrollo comunitario y a la implicación activa de la ciudadanía en el conocimiento y capacidad individual y colectiva de respuesta a los problemas económicos, ambientales y sociales de su entorno y a la mejora de sus condiciones de vida.
RESOLUCIÓN 906E/2024, de 2 de diciembre, del director general de Presidencia, Gobierno Abierto y Relaciones con el Parlamento de Navarra, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención "Subvenciones a entidades ciudadanas que desarrollen proyectos dirigidos a fomentar y promover la participación ciudadana en la Comunidad Foral de Navarra 2025". Identificación BDNS: 801826.
El Departamento de Presidencia e Igualdad ostenta las competencias en materia de política de participación ciudadana del Gobierno de Navarra, cuya aplicación se canaliza a través de su Dirección General de Presidencia, Gobierno Abierto y Relaciones con el Parlamento de Navarra, que entre sus competencias tiene atribuidas las de información, atención y participación ciudadana y cuya ejecución se realiza por el Servicio de Gobierno Abierto y Atención a la Ciudadanía, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Foral 238/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia e Igualdad.
La Ley Foral 12/2019, de 22 de marzo, de Participación Democrática en Navarra, establece en su artículo 60.b) como medida de sensibilización orientada al fortalecimiento de una sociedad participativa, la convocatoria de subvenciones anuales para promover la actividad de las entidades sociales y las asociaciones.
Incorporar la participación ciudadana en la gestión pública contribuye a generar confianza al fortalecer a los gobiernos, legitimar las políticas públicas, integrar la pluralidad social, favorecer la inclusión de los intereses sociales en la agenda pública, involucrar a la ciudadanía en los procesos de ordenación de la vida pública y fortalecer la función de la sociedad civil. Conscientes de la importancia del papel que las entidades ciudadanas desempeñan como entes más próximos a la ciudadanía, el Gobierno de Navarra, a través del citado Servicio de Gobierno Abierto y Atención a la Ciudadanía, y deseando promocionar y facilitar dicha labor, se propone seguir apoyando financieramente procesos de participación ciudadana impulsados desde las entidades ciudadanas en el ámbito de la Comunidad Foral.
Vista la conformidad de la Intervención Delegada de Economía y Hacienda en este Departamento.
En consecuencia, y en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por el Decreto Foral 238/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia e Igualdad,
RESUELVO:
1. Aprobar la convocatoria de Subvenciones a entidades ciudadanas, entendiendo por tales a grupos de acción local, ONG de cooperación al desarrollo, asociaciones ciudadanas y otras entidades sin ánimo de lucro, que desarrollen proyectos entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025 dirigidos a fomentar y promover la participación ciudadana en la Comunidad Foral de Navarra.
2. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria, que se recogen en el anexo 1 de esta resolución.
3. Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria, se autoriza el gasto correspondiente en la partida 010005 01700 4819 924900 "Subvenciones a asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro proyectos fomento de la participación" o partida análoga que se habilite en el Presupuesto de gastos de 2025, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente por importe de 75.000 euros, pudiéndose realizar modificaciones en la forma y cuantía máxima establecida en la base 5.ª
4. Publicar esta resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
5. Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Presidencia e Igualdad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
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