Instrucciones de organización y desarrollo de la formación en empresa u organismo equiparado

Lunes, 4 de noviembre de 2024

Se tiene en cuenta al voluntariado:

5. Exención de la fase de formación práctica en empresa u organismo equiparado.

d) Para personas voluntarias: Certificación expedida por la entidad de voluntariado en la que se hayan prestado los servicios voluntarios en la que consten, como mínimo, además de los datos personales e identificativos de la persona voluntaria y la entidad de voluntariado, la fecha de incorporación a la entidad y la duración, descripción de las tareas realizadas o funciones asumidas y el lugar donde se ha llevado a cabo la actividad.

RESOLUCIÓN 426/2024, de 9 de octubre, del director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos, por la que se aprueban las instrucciones de organización y desarrollo de la formación en empresa u organismo equiparado, durante el curso 2024-2025, en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten las ofertas de grados D y E del Sistema de Formación Profesional en Navarra.

La directora del Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional presenta informe favorable para la aprobación de esta resolución, que tiene por objeto aprobar unas instrucciones que sirven para organizar y desarrollar aspectos relativos a la formación en empresa u organismo equiparado, con la finalidad de conseguir la correcta organización y el buen funcionamiento de los centros docentes públicos y privados concertados que imparten las ofertas de grados D y E del Sistema de Formación Profesional en Navarra durante el curso 2024-2025.

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Aprobar las instrucciones que figuran en el anexo, a las que deberá ajustarse, durante el curso 2024-2025, la organización y desarrollo de la formación en empresa u organismo equiparado en los centros públicos y privados concertados que imparten las ofertas de grados D y E del Sistema de Formación Profesional en Navarra.

2.º Publicar la presente resolución y anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente resolución y anexo a las Direcciones Generales de Educación y de Personal e Infraestructuras, a los Servicios de Planificación e Integración de la Formación Profesional, de Modernización e Innovación de la Formación Profesional, de Sistemas de Información de Educación, de Tecnologías e Infraestructuras Tic Educativas, de Ayudas al Estudio y Servicios Educativos, de Ordenación, Formación y Calidad, de Inclusión, Igualdad y Convivencia, y de Inspección Educativa, a la Sección de Gestión de la información escolar, a los efectos oportunos.

 

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