Colaboración voluntaria del profesorado jubilado en diversas actividades de los centros educativos públicos no universitarios, así como en la Red de la Experiencia

Jueves, 16 de enero de 2025

ORDEN FORAL 113/2024, de 12 de diciembre, del consejero de Educación, por la que se regula la colaboración voluntaria del profesorado jubilado en diversas actividades de los centros educativos públicos no universitarios, así como en la Red de la Experiencia, en la Comunidad Foral de Navarra.

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El profesorado presta un servicio público esencial que la Administración educativa pone al servicio de las ciudadanas y ciudadanos. La actividad que realizan, en el marco del ejercicio del derecho a la educación reconocido en el artículo 27 de la Constitución Española, constituye una de las materias que afecta a los principios básicos de convivencia en una sociedad democrática.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 104, apartado 1, que "las Administraciones educativas velarán por que el profesorado reciba el trato, la consideración y el respeto acordes con la importancia social de su tarea".

El profesorado constituye uno de los pilares básicos sobre los que se ha construido el sistema educativo navarro. Sin embargo, el incremento en el número de jubilaciones de profesorado producido en los últimos años ha supuesto la pérdida de un valor añadido para la transferencia del conocimiento acumulado por su dilatada experiencia.

El Departamento de Educación considera fundamental apreciar y reconocer la labor ejercida por el profesorado jubilado y adoptar decisiones que normativicen la colaboración voluntaria del mismo en la vida de los centros educativos públicos de la Comunidad Foral de Navarra, al objeto de no prescindir de sus conocimientos y su experiencia, factores que constituyen un activo ideal en la mejora de la calidad de las actividades desarrolladas en los centros educativos. De modo recíproco, el Departamento de Educación considera que el profesorado jubilado puede verse beneficiado al entrar en comunicación con otras generaciones, así como ver reforzada su autoestima mediante la participación directa en actividades de indudable utilidad para la sociedad.

Por todo ello, resulta necesario establecer las condiciones que realcen el talento del profesorado experimentado y que permitan no prescindir de su valiosa aportación por el mero hecho de jubilarse, y todo ello atendiendo a criterios de calidad y de mejora del sistema educativo navarro. A tal efecto, es preciso establecer el marco normativo que garantice y potencie la colaboración eficaz del profesorado jubilado con los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad Foral de Navarra, así como el aprovechamiento de la experiencia profesional de dichas profesoras y profesores.

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Colaboración voluntaria del profesorado jubilado en diversas actividades de los centros educativos públicos no universitarios, así como en la Red de la Experiencia