Abierto el plazo de aportaciones a la consulta pública previa para elaborar la norma que regula la distinción de persona voluntaria

Miércoles, 31 de agosto de 2022

El artículo 15 de la Ley Foral 2/1998, de 27 de marzo, del Voluntariado de Navarra establece que el Gobierno de Navarra, basándose en la opinión del Consejo Navarro del Voluntariado, concederá anualmente la distinción de persona voluntaria de Navarra a la persona física o jurídica que haya destacado por su dedicación al voluntariado, por su ejemplo social en su actividad voluntaria o bien porque sus actuaciones voluntarias hayan alcanzado especial relevancia.

Asimismo, el 9 de febrero de 2022 el Gobierno de Navarra aprobó el II Plan del Voluntariado de Navarra, siendo una de sus líneas principales de actuación, en consonancia con lo previsto en la citada Ley Foral 2/1998, la del fomento del voluntariado. Una de las principales vías de fomento es la concesión de la distinción de la persona voluntaria de Navarra, de acuerdo con la normativa debe de realizarse anualmente.

La norma tiene como objetivo regular la distinción de persona voluntaria recogiendo la finalidad, la presentación de candidaturas, los criterios de selección, así como el sistema de concesión de la distinción.

El documento sobre esta consulta pública previa se pone a disposición de las personas interesadas en esta plataforma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133, apartados 1 y 2, de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

Periodo de participación

  • El plazo de participación para realizar aportaciones comprende desde el 11 de agosto al 25 de septiembre de 2022
  • Recogida de aportaciones mediante el espacio habilitado (Enlace externo

 

 +Info: participa.navarra.es/processes/cons…

 

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