RESOLUCIÓN 97/2023, de 20 de diciembre, de la directora general de Medio Ambiente, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas para proyectos de educación y sensibilización ambiental, proyectos de voluntariado ambiental y proyectos de ciencia ciudadana durante el curso 2023-2024. Identificación BDNS: 734351.
La educación, la sensibilización y el voluntariado ambiental son herramientas que favorecen el desarrollo de un sentido individual y colectivo de corresponsabilidad en cuanto al estado y la evolución del medio ambiente y promueven el cambio social de actitudes, valores y hábitos de comportamiento necesarios para avanzar hacia la sostenibilidad. La ciencia ciudadana es la participación voluntaria de público general (formado o no en ciencia), en actividades científicas organizadas, desde el planteamiento de preguntas a la recogida de datos y su interpretación, el compromiso del público general en actividades de investigación científica; cuando los ciudadanos contribuyen activamente a la ciencia con su esfuerzo intelectual o dando soporte al conocimiento con sus herramientas o recursos, relacionadas con el estudio de la biodiversidad y su conservación.
El Gobierno de Navarra apuesta por reforzar el tratamiento de la educación ambiental de manera transversal en todos los niveles, así como apoyar al voluntariado ambiental y las iniciativas en el ámbito de la ciencia ciudadana. El objetivo principal que se persigue es que los ciudadanos adquieran una mayor sensibilización y conocimiento sobre el medio ambiente, así como valores y destrezas que les capaciten, tanto de forma individual como colectiva, a participar en la resolución de problemas ambientales.
La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de Navarra, determina que anualmente se deben evaluar las políticas, programas y actuaciones del Gobierno de Navarra, de cara a hacer frente a los retos que implica la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible. Esta convocatoria de ayudas se alinea con la consecución de las metas de diversos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS):
–Meta 12.8 Promover la cultura de la sostenibilidad mediante acciones de sensibilización social del ODS 12;
–Meta 13.3 Mejorar la educación medioambiental y la sensibilización social frente al cambio climático del ODS 13;
–Meta 15.5 Reducir la degradación de los hábitats naturales y detener la pérdida de la diversidad biológica del ODS 15.
De acuerdo al artículo 4 bis de la Ley Foral 7/2009, de 5 de junio, por la que se regula la asignación tributaria del 0,7 por 100 que los contribuyentes de la comunidad foral destinan a otros fines de interés social, la convocatoria ha sido remitida para su conocimiento y aprobación por el Consejo Navarro de Medio Ambiente.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y en el Decreto Foral 74/2023, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,
RESUELVO:
1.º Aprobación de la convocatoria.
Aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones para proyectos de educación y sensibilización ambiental, proyectos de voluntariado ambiental y proyectos de ciencia ciudadana durante el curso 2023-2024.
2.º Aprobación de las bases reguladoras.
Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria, que se recogen en los anexos de esta resolución.
3.º Autorización del gasto.
Autorizar un compromiso de gasto de 289.866,00 euros, con cargo a la partida equivalente a la 740002 74200 4819 456200 "Fondo 0,7% IRPF. Educación ambiental, voluntariado, custodia del territorio" de los Presupuestos de gastos de 2023, que a los efectos se habilite en el ejercicio 2024, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
La distribución del gasto según el tipo de proyecto será:
–173.919,60 euros para proyectos de educación ambiental.
–115.946,40 euros para proyectos de voluntariado ambiental y ciencia ciudadana.
En el momento de la concesión de la subvención, en el caso de que en alguno de los grupos no se agotara el importe definido, se autoriza la concesión de gasto en el otro tipo de proyecto.
4.º Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 30 naturales días, que comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
5.º Comunicación a la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones (BDGNS).
Remitir estas convocatorias a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), para cumplir lo dispuesto en la Ley de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6.º Recurso contra la convocatoria y las bases reguladoras.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
7.º Notificación de la resolución.
Notificar esta resolución al Servicio Forestal y Cinegético y al Negociado de Asuntos Económicos del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, a los efectos oportunos.
8.º Publicación de la resolución.
Publicar la presente resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 20 de diciembre de 2023.–La directora general de Medio Ambiente, Ana Bretaña de la Torre.
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