Ayudas a favor de las asociaciones que trabajan en Navarra para dar respuesta a las necesidades del alumnado con déficit de atención con o sin hiperactividad

Jueves, 10 de octubre de 2024

Las ayudas tienen como finalidad fomentar e impulsar la realización de actividades de asesoramiento y apoyo a las familias del alumnado con déficit de atención con o sin hiperactividad, promover la acogida y orientación a las familias nuevas, promover la escuela de padres y madres, talleres de desarrollo de habilidades cognitivas y sociales, proporcionar apoyo escolar, la formación de profesionales y voluntarios, seminarios para profesionales y personas afectadas directa o indirectamente por el trastorno de déficit de atención con o sin hiperactividad.

RESOLUCIÓN 400/2024, de 25 de septiembre, del director general de Educación, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a favor de las asociaciones que trabajan en Navarra para dar respuesta a las necesidades del alumnado con déficit de atención con o sin hiperactividad para sufragar gastos derivados de las actividades y proyectos desarrollados durante el curso académico 2023/2024. Identificación BDNS: 787428

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en referencia al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, establece en el artículo 72.5 que "las Administraciones educativas podrán colaborar con otras Administraciones o entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, instituciones o asociaciones, para facilitar la escolarización y una mejor incorporación de este alumnado al centro educativo".

Así mismo, con el fin de garantizar una igualdad efectiva de oportunidades en educación para el alumnado, se publicó la Orden Foral 65/2012, de 18 de junio, del consejero de Educación, por la que se regula la respuesta educativa al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de trastornos de aprendizaje y trastorno por déficit de atención e hiperactividad en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional de la Comunidad Foral de Navarra.

Las asociaciones que trabajan en Navarra para dar respuesta a las necesidades del alumnado con déficit de atención con o sin hiperactividad fomentan, impulsan y realizan actividades proporcionando asesoramiento y apoyo a las familias del alumnado con déficit de atención con o sin hiperactividad, acogida y orientación a familias nuevas, escuela de padres y madres, talleres de desarrollo de habilidades cognitivas y sociales, apoyo escolar, formación de profesionales y voluntarios, y seminarios para profesionales y personas afectadas directa o indirectamente por el trastorno por déficit de atención con o sin hiperactividad.

Por todo ello, la directora del Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia presenta informe favorable proponiendo la aprobación de la convocatoria de ayudas a favor de las asociaciones que trabajan en Navarra para dar respuesta a las necesidades del alumnado con déficit de atención con o sin hiperactividad para sufragar gastos derivados de las actividades y proyectos desarrollados durante el curso académico 2023/2024.

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria de las ayudas en favor de las asociaciones que trabajan en Navarra para dar respuesta a las necesidades del alumnado con déficit de atención con o sin hiperactividad durante el curso académico 2023/2024 y las bases reguladoras de la misma, que se recogen en el anexo I de esta resolución.

2.º Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autoriza el gasto máximo siguiente con cargo a la partida 420004-42700-4809-322400 "Ayudas a la educación especial" del presupuesto de gastos de 2024.

 
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IMPORTE

PARTIDA PRESUPUESTARIA

EJERCICIO

12.000 euros

420004-42700-4809-322400

2024

 

3.º Publicar esta resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente resolución y sus anexos a la interventora delegada en el Departamento de Educación, al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia y al Negociado de Gestión Económica, a los efectos oportunos.

5.º Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 25 de septiembre de 2024.–El director general de Educación, Gil Sevillano González.

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