Subvenciones a entidades del Tercer Sector de las Artes Escénicas y Musicales de Navarra

Jueves, 28 de mayo de 2026

Deberá aportarse un presupuesto completo del proyecto en el que sea constatable la coherencia entre los recursos económicos (ingresos y gastos), humanos (socios/as, personal voluntario, personal contratado) y materiales (infraestructuras) de los que dispone la entidad para hacer frente a dicho proyecto, siendo condición imprescindible que el presupuesto presentado tenga equilibrados sus gastos e ingresos.

ORDEN FORAL 51E/2026, de 16 de marzo, de la consejera de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención "Subvenciones a entidades del Tercer Sector de las Artes Escénicas y Musicales de Navarra, de relevancia en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra y proyección estatal 2026". Código BDNS: 894619.

El tercer sector cultural y las estructuras sin ánimo de lucro y con fines de interés general que lo conforman son fundamentales para el desarrollo de la actividad cultural y en definitiva para el acceso igualitario de los ciudadanos a la cultura. Este es un aspecto de singular relevancia, dada la importancia que se reconoce a la cultura tanto en la Constitución Española, al mencionarlo en el párrafo quinto de su preámbulo, cuando habla de la dimensión cultural del progreso, y a la que dedica su artículo 44, en el que establece la obligación de los poderes públicos de garantizar el acceso de la ciudadanía a la cultura y el deber de promover la cultura como derecho inalienable de toda la ciudadanía española; como en la legislación foral, al recogerlo en el artículo 2.º de la Ley Foral 1/2019, de 15 de enero, de Derechos Culturales de Navarra.

La existencia de dichas estructuras culturales es fundamental para el desarrollo de la actividad cultural ya que promueven el acceso igualitario de los ciudadanos a la cultura. Como medida de apoyo se articula una línea de ayudas económicas encaminada a promocionar las artes escénicas y musicales y favorecer una oferta artística de calidad, diversa, innovadora y de interés para los públicos. El objetivo es sostener la actividad creativa del tercer sector cultural de Navarra ligado estrechamente a la práctica cultural habitual de un gran número de ciudadanos y ciudadanas de Navarra.

Con este fin, desde la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana se vienen impulsando, con una trayectoria de más de 20 años, convocatorias de ayudas mediante las que se instrumenta el apoyo al desarrollo del sector de las Artes Escénicas y Musicales en Navarra.

El Servicio de Acción Cultural presenta informe en el que se propone la aprobación de la convocatoria "Subvenciones a entidades del Tercer Sector de las Artes Escénicas y Musicales de relevancia en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra y proyección estatal 2026" y sus bases reguladoras, la autorización del gasto que asciende a 470.000 euros, y su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, teniendo en cuenta que se cumplen tanto la finalidad como los requisitos y las obligaciones legalmente establecidas para autorizar el mencionado gasto y obrando en el expediente la conformidad de la Intervención Delegada.

En consecuencia, en uso de las facultades que me reconoce el Decreto Foral 256/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo.

ORDENO:

1. Aprobar la convocatoria de la subvención Subvenciones a entidades del Tercer Sector de las Artes Escénicas y Musicales de Navarra, de relevancia en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra y proyección estatal 2026.

2. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria, que se recogen en el anexo de esta orden foral.

3. Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se reservan y autorizan los créditos presupuestarios siguientes:

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PARTIDA PRESUPUESTARIA

EJERCICIO

IMPORTE

A20002-A2500-4816-334106: Subvención a Entidades del Tercer Sector de Artes Escénicas y Musicales de Navarra

2026

470.000,00

4. Remitir la convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

5. Publicar esta orden foral y su anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

6. Transmitir a la Comisión Europea, a través del sistema de notificación electrónica, información resumida de esta ayuda conforme al modelo normalizado del anexo II del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014, en el plazo de 20 días laborales a partir de su entrada en vigor.

7. Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Ver convocatoria entera pulsando aquí (enlace externo)

Subvenciones a entidades del Tercer Sector de las Artes Escénicas y Musicales de Navarra
International Volunteer Year 2026