La convocatoria promueve la participación solidaria de la ciudadanía a través de fórmulas de voluntariado. Además, contar con personas voluntarias y análisis de las funciones asignada forma parte de la valoración de la calidad técnica del proyecto.
RESOLUCIÓN 82/2025, de 6 de marzo, de la directora general de Justicia, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el fomento de proyectos de prácticas restaurativas comunitarias para el año 2025.Identificación BDNS: 815569.
La Ley foral 4/2023, de 9 de marzo, de justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas comunitarias, dispone en su artículo 47 que:
"El departamento con competencias en materia de justicia promoverá la creación de una red que ofrezca prácticas restaurativas comunitarias, mediante una convocatoria de subvenciones establecida a tal efecto, así como mediante otros instrumentos de cooperación con las entidades de iniciativa social."
En relación a ello, la Disposición Adicional Tercera señala que:
"En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de esta ley foral, el departamento con competencias en materia de justicia, aprobará las bases de la convocatoria de subvenciones de fomento de las prácticas restaurativas para la cohesión social."
Por tanto, procede aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de la subvención destinada a fomentar proyectos en tal sentido.
Estas prácticas se definen, según lo dispuesto en el artículo 44 de la citada Ley foral, como herramientas de prevención y resolución de conflictos no judicializados, así como de promoción de la cohesión social, que buscan generar condiciones colectivas de confianza, respeto y cuidado, de forma que los conflictos que puedan surgir se gestionen en sus estadios iniciales de forma espontánea por la comunidad.
En cuanto a su ámbito de aplicación, hay que tener en cuenta que las prácticas restaurativas comunitarias se desarrollan fuera del procedimiento judicial y no pretenden tener efectos jurídicos vinculantes. Las prácticas restaurativas se podrán llevar a cabo en cualquier ámbito social, incluyendo el familiar, vecinal, escolar, sanitario, de consumo, organizacional y penitenciario.
Los principios que rigen su funcionamiento son, según el artículo 46, los de:
a) Participación de la ciudadanía: se promoverá la participación solidaria de la ciudadanía a través de fórmulas de voluntariado, sin excluir la participación de personas facilitadoras profesionales.
b) Prevención y resolución de conflictos sociales: los procesos irán dirigidos a la prevención y resolución de conflictos sociales, así como a debatir enfoques diversos sobre la mejor manera de abordar las necesidades sociales.
c) Aumento de la cohesión social: los procesos buscarán fortalecer el sentido de responsabilidad compartida y de pertenencia a la comunidad cívica, desde una mirada positiva a la diversidad e interculturalidad.
Por otra parte, la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de Igualdad entre mujeres y hombres, establece los principios de actuación de los poderes públicos de la Comunidad Foral de Navarra para que el derecho constitucional a la igualdad entre mujeres y hombres en la Comunidad Foral de Navarra sea real y efectivo en todos los ámbitos y etapas de la vida y exige que en las bases reguladoras de subvenciones se introduzcan cláusulas de igualdad.
Las previsiones de dichas normas deben conciliarse con las contenidas en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. En esta Ley Foral se establece el régimen jurídico general aplicable a las subvenciones otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social. Con carácter previo a su concesión, el órgano competente deberá establecer sus bases reguladoras, que habrán de ser publicadas en el Boletín Oficial de Navarra y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, posibilitando de este modo el acceso de quienes realicen las actividades o se encuentren en la situación que motiva el otorgamiento.
La presente convocatoria posibilita el acceso en condiciones de igualdad a todas las entidades interesadas, garantizando, a su vez, que la concesión responda a criterios objetivos, priorizados de acuerdo con las directrices que, en el marco general de la política social y de justicia, se establecen por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
El gasto asociado a esta convocatoria de subvención es de 80.000 euros que se financiarán con cargo a la partida F20001 F2400 4819 112105 "Subvención para proyectos de prácticas restaurativas comunitarias".
Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés público de la concesión de las presentes subvenciones, así como la legalidad de la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras.
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